INTRODUCCIÓN
En la ley se hace provisión de un
altar. La primera palabra respecto al altar aparece en Éxodo 20:22-26, un altar
de materiales naturales para el período antes del tabernáculo, para el período
interino hasta su construcción.
Este altar no debía ser de diseño
o hechura de hombre, «porque el altar no era para representar a la criatura,
sino para que fuera el lugar en el cual Dios venía para dar allí entrada al hombre
a su comunión. Por esto el altar debía ser hecho del mismo material del suelo terrenal
del reino de Dios: tierra o piedras».
El patrón de Dios para el altar
fue dado subsiguientemente como parte de la ley del tabernáculo (Éx 27:1-8;
38:1-7). Estaba hecho de madera de acacia cubierto por entero de bronce, y
medía cinco codos de largo, por cinco codos de ancho, y por tres codos de
altura.
El altar es, por supuesto, de
significación central en lo religioso. El sacrificio establece el hecho de la
expiación, que Dios proveyó la manera de que el hombre pecador obtuviera la
salvación. Esto es a todas luces el significado primero y central del altar. Los animales ofrecidos en el altar
tipificaban a Jesucristo, «el Cordero de Dios, que quita el pecado del mundo»
(Jn 1: 29). En Apocalipsis 1:5 se describe a Jesucristo como el que «nos amó, y
nos lavó de nuestros pecados con su sangre».
Aparte de la aceptación del
sacrificio expiatorio de Jesucristo, no puede haber ni salvación ni fe
cristiana.
EL SACRIFICIO ES BÁSICO PARA LA FE
BÍBLICA.
Primero, Un aspecto muy grande y fundamental de todas las Escrituras es la
declaración del sacrificio vicario y de una expiación provista por Dios.
Capítulo por capítulo da leyes respecto al sacrificio. Jesucristo declaró ser
el Hijo del hombre, que vino «para dar su vida en rescate por muchos» (Mt 20: 28;
Mr 10: 45).
La declaración apostólica fue:
«Porque hay un solo Dios, y un solo mediador entre Dios y los hombres, Jesucristo
hombre, el cual se dio a sí mismo en rescate por todos, de lo cual se dio
testimonio a su debido tiempo» (1ª Ti 2: 5, 6).
EL ALTAR SIGNIFICABA A JESUCRISTO Y SU
SACRIFICIO EXPIATORIO.
Desdichadamente, es en este punto
que empieza y termina la interpretación eclesiástica de la Biblia. Se plantea
como es debido y en gran medida la importancia del altar, pero casi siempre con
respecto a una transacción básica para la vida de la iglesia, cuando es en
realidad básica a la vida del hombre en la iglesia, el estado y toda la vida.
Fairbairn llamó la atención a
este,
Segundo aspecto del altar: Y no cabe duda de que
las representaciones que se acaban de notar, y otras de descripción similar,
respecto a la muerte de Cristo, llevan en efecto en su sentido natural un
aspecto legal; tienen que ver con las demandas de la ley, o la justicia de la
cual la ley es la expresión. Declaran que, para cumplir estas demandas a favor
de los pecadores, Cristo sufrió una muerte reglamentaria, una muerte que,
aunque inmerecida de parte del que sufrió, se debe considerar como justa
condena del cielo de la culpa humana.
El ser hecho maldición, para
poder redimir a los hombres de la maldición de la ley, no puede tener otro
significado que sufrir la pena en que como transgresores de la ley ellos habían
incurrido, a fin de que pudieran escapar; ni tampoco el intercambio indicado en
las palabras «por nosotros lo hizo pecado, para que nosotros fuésemos hechos
justicia de Dios en él» se puede entender correctamente como que significan
otra cosa menos que el hecho de que él, el justo, tomó el lugar de los
pecadores en el sufrimiento, para que estos pudieran tomar su lugar en el favor
y la bendición.
Y la férrea necesidad de la
transacción necesidad que incluso los recursos de la sabiduría infinita, en el
clamor ferviente de Cristo, hallaron imposible evadir (Mt 26:39) ¿en que podría
descansar sino en el seno de la ley, cuyas exigencias violadas exigían
satisfacción? No que Dios se deleite en la sangre, sino que es preciso sostener
los intereses globales de la verdad y la justicia, aun cuando se tenga que
derramar sangre indeciblemente preciosa en su vindicación.
EL
ALTAR POR TANTO ESTABLECE, NO MENOS QUE EL ARCA, LA LEY Y LA JUSTICIA DE LA LEY.
Tan central es la ley a Dios, que
las demandas de la ley se cumplen como la condición necesaria de la gracia, y
Dios cumple las demandas de la ley en Jesucristo. Jesucristo, como el nuevo
Adán, cabeza de la nueva humanidad, guardó la ley perfectamente, para definir la obediencia de la nueva raza
o humanidad, y murió en la cruz como el Cordero inmaculado de Dios, para satisfacer los requisitos de la ley contra los pecadores. La gracia no
hace a un lado la ley, sino que provee el cumplimiento necesario de la ley. La
gracia de Dios testifica de la validez de la ley y la plena y absoluta justicia
de las demandas de la ley. Aquí de nuevo Fairbairn indicó el caso de manera
elocuente y clara:
Necesitamos un cimiento sólido en
que poner nuestros pies, un terreno seguro y vivo para nuestra confianza ante
Dios. Y esto podemos hallar solo en la antigua noción de la iglesia de los
sufrimientos y muerte de Cristo como satisfacción de la justicia de Dios por la
ofensa hecha por nuestros pecados a su ley violada. Satisfacción, lo digo enfáticamente, a la justicia de Dios, en la que algunos, incluso escritores
evangélicos, parecen dispuestos a tropezar; dirían, satisfacción al honor de
Dios, sí, pero de ningún modo a la justicia de Dios. ¿Qué, entonces,
preguntaría yo, es el honor de Dios aparte de la justicia de Dios? Su honor no
puede ser otra cosa que la acción refleja o exhibición de sus atributos
morales; y en el ejercicio de estos atributos, el elemento fundamental y
controlador es la justicia.
Cada uno de ellos está condicionado;
el amor en sí está condicionado por las demandas de justicia; y proveer alcance
para la operación del amor al justificar al impío de acuerdo con estas demandas
es la base misma y razón de la expiación, su base y razón primordialmente en la
mente de Dios, y debido a que está allí, también en su imagen viva, la
conciencia humana, que instintivamente considera el castigo como «el recular de
la ley eterna del derecho contra el transgresor», y no puede obtener la paz
sólida excepto a través de un medio de expiación válida.
Tanto, por cierto, que
dondequiera que se desconoce la verdadera expiación, o se entiende
parcialmente, hasta pasa a proveer expiaciones de cosecha propia.
Así que la ley ha sido confirmada
(Ro 3: 31) más notoriamente por ese mismo rasgo del evangelio que en verdad lo
diferencia de la ley: su demostración del amor redentor de Dios en Cristo.
Negar este segundo aspecto del
altar es caer en el antinomianismo. Tal perspectiva ve el altar como testigo
del amor incondicional de Dios antes que de un amor «condicionado por las
demandas de justicia», para usar la frase de Fairbairn.
Se debe reconocer que o se afirma
y se sostiene el testimonio del altar, y el significado del altar, como ley y
justicia, u otra religión anticristiana hasta la médula se ha puesto las
vestiduras de la fe cristiana. La sangre del altar era una declaración lúgubre
y sostenida de la demanda inflexible y permanente de la ley de que se cumpliera
la justicia de Dios.
Tercero, entonces, el altar era a todas
luces también un testigo de que la pena
capital es básica a la ley. Por lo general no se asocia la doctrina de
la pena capital con el altar ni
con el segundo mandamiento sino más bien con el sexto: «No matarás». Esta
falacia limita el significado del sexto mandamiento, y también priva a la pena capital de su profundo
cimiento teológico.
Si la pena capital no es básica en la ley de Dios, Cristo murió en
vano, porque se podría hallar alguna manera más fácil de satisfacer la justicia de Dios. Si la pena capital
no es básica en el segundo mandamiento,
el altar fue un terrible error, e innecesariamente se ha estado adorando a Dios al derramar sangre
sin motivo alguno. Pero imaginarse que la
expiación es posible sin la muerte, o que el hombre al acercarse a Dios
puede hacer a un lado el altar,
es levantar una imagen tallada del hombre, y de la capacidad del hombre para salvarse a sí mismo, en
vez del Dios vivo.
No solo la ley requiere la pena
de muerte, sino que se especifica que no puede haber remisión de la pena: «Y no
tomaréis precio por la vida del homicida, porque está condenado a muerte;
indefectiblemente morirá» (Nm 35:31). Así, cuando varios líderes de la iglesia
protestante y católico romana, incluyendo el papa Pablo VI, y autoridades
civiles tales como la reina Isabel II, trataron de persuadir a las autoridades
de Rodesia que conmutaran la pena de muerte a algunos asesinos aduciendo que
eran «luchadores de la libertad», estaban desafiando y despreciando la ley de
Dios.
También estaban expresando su
desprecio de la cruz de Cristo, que establece la necesidad de la pena de muerte
ante Dios, y poniendo su palabra
por encima de la de Dios.
Las leyes respecto a la pena de
muerte se pueden resumir brevemente: Números 35: 31: Es indefectible. Génesis
9: 5, 6; Números 35: 16-21, 30-33; Deuteronomio 17: 6; Levítico 24:17: Aplicada
por asesinato.
Levítico 20: 10; Deuteronomio 22:
21-24: Por adulterio. Levítico 20: 11, 12, 14: Por incesto. Éxodo 22: 19; Levítico
20: 15, 16: Por bestialismo.
Levítico 18: 22; 20: 13: Por
sodomía. Deuteronomio 22:25: Por violación de una virgen comprometida en matrimonio.
Deuteronomio 19: 16-20: Por
testimonio falso en un caso que incluye una ofensa capital.
Éxodo 21: 16; Deuteronomio 24: 7:
Por secuestro. Levítico 21:9: Para la hija del sacerdote que ha fornicado.
Éxodo 22: 18: Por hechicería. Levítico
20: 2-5: Por ofrecer sacrificio humano.
Éxodo 21: 15, 17; Levítico 20:9:
Por golpear o maldecir padre o madre. Deuteronomio 21:18-21: Para delincuentes
juveniles incorregibles. Levítico 24: 11-14, 16, 23: Por blasfemia.
Éxodo 35:2; Números 15: 32-36:
Por la profanación del sabbat.
Deuteronomio 13: 1-10: Por
profetizar en falso o propagar doctrinas falsas. Éxodo 22:20: Por sacrificar a
dioses falsos.
Deuteronomio 17: 12: Por negativa
inicua a acatar la ley y orden santos, y actitudes y acciones contrarias a la
ley y a la corte.
Deuteronomio 13: 9; 17:7:
Ejecución por los testigos. Números 15: 35,36; Deuteronomio 13:9: Ejecución por
la congregación. Números 35:30; Deuteronomio 17: 6; 19:15: No se aplica por
testimonio de menos de dos testigos.
En unos pocos puntos las penas
fueron alteradas en el Nuevo Testamento, pero el principio básico de la pena de
muerte fue respaldado y expuesto por la muerte expiatoria de Cristo, que dejó
en claro que la pena por la traición del hombre a Dios y su alejamiento de la
ley de Dios es irremisiblemente la muerte.
La sangre del altar y el hecho
del altar son por tanto una declaración de la necesidad de la pena capital.
Oponerse a la pena capital según se prescribe en la ley de Dios es oponerse a
la cruz de Cristo y negar la validez del altar.
El altar por consiguiente expone
el principio de la pena capital. Pero, cuarto,
el altar es una declaración de
vida, porque atestigua la muerte. Declara que nuestra vida descansa en la muerte del
Cordero de Dios. Declara, además, que la seguridad de nuestra vida está cercada y amurallada por el hecho de la
pena capital. Si se niega la
ley de Dios respecto a esto, «la tierra fue contaminada; y yo visité su maldad sobre ella, y la tierra vomitó sus
moradores» (Lv 18:25).
Pero el ejercicio santo de la pena capital limpia a la tierra
del mal y protege al justo. Al pedir la muerte de los delincuentes juveniles incorregibles, que quiere decir, por
consiguiente, en términos de
norma jurídica, la muerte de los delincuentes adultos incorregibles; la ley
declara «así quitarás el mal de
en medio de ti, y todo Israel oirá, y temerá» (Dt 21:21).
Negar la pena de muerte es
insistir en vida para el mal; quiere decir que a los malos se les da el derecho
de matar, secuestrar, violar sexualmente y violar la ley y el orden, y se les
garantiza la vida en vez de la muerte en el proceso. Al asesino se le da el
derecho de matar sin perder la vida, y a las víctimas y víctimas potenciales se
les niega su derecho a la vida.
Los hombres pueden hablar de amor
incondicional, y misericordia incondicional, pero tal acto de amor y
misericordia es condicional, porque, al concedérselo a un hombre, estoy
apoyando las condiciones de su vida y negando las de otros en el proceso. Si
amo y soy misericordioso con el homicida, no amo ni tengo misericordia con sus
víctimas presentes y futuras. Todavía más, estoy en abierto desacato a Dios y
su ley, que exige que no haya misericordia para el hombre culpable de
asesinato: «Y no tomaréis precio por la vida del homicida, porque está
condenado a muerte; indefectiblemente morirá» (Nm 35: 31).
Es más, Y no contaminaréis la
tierra donde estuviereis; porque esta sangre amancillará la tierra, y la tierra
no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del
que la derramó. No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la
cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel (Nm 35:
33, 34).
Levítico 26 deja en claro la
maldición que cae sobre la tierra que menosprecia la ley de Dios; si el pueblo
no limpia el mal de la tierra, Dios limpiará de gente a la tierra. En términos
de esto, no es sorpresa que la historia haya estado tan continuamente en un
trayecto de desastre alejado de la palabra-ley de Dios.
Este, entonces, es el significado
del altar: es vida para los justos en Cristo, que son redimidos por su sangre
expiatoria, porque representa la muerte inflexible e inmutable del mal. El
altar es el testigo supremo de la pena de muerte, y del hecho de que esta nunca
se descarta. Para nosotros, por la gracia de Dios, se cumplió en la persona de
Jesucristo. No podemos travesear con la ley de Dios sin menospreciar a Cristo y
su sacrificio, y con ello revelar nuestra naturaleza réproba, «Porque si pecáremos
voluntariamente después de haber recibido el conocimiento de la verdad, ya no
queda más sacrificio por los pecados, sino una horrenda expectación de juicio,
y de hervor de fuego que ha de devorar a los adversarios» (He 10: 26, 27).
Pero para nosotros que estamos en
los términos del altar, es vida y garantía del castigo de los enemigos de Dios
y su reino.