6. LA LEY COMO GUERRA

INTRODUCCIÓN

Las leyes bíblicas tratan expresamente de los detalles de la adoración según se ordenó para Israel. No nos interesan estos detalles, excepto en donde incluyen y establecen conceptos y principios de ley.
Acudiendo a tales instancias, primero, el efod y el pectoral del sumo sacerdote son significativos. En Éxodo 28:6-14, se describe el efod, que es parte de la vestidura sacerdotal, y en Éxodo 28:15-30, se describe el pectoral. Ambos artículos tenían una característica común: el efod tenía dos piedras en las hombreras en las cuales estaban grabados los nombres de las tribus de Israel, para que el sumo sacerdote las llevara ante el Señor (Éx 28:12), y el pectoral tenía doce piedras, una por cada tribu (Éx 28:21, 29).
Tanto en lo religioso como en lo legal, estas piedras son importantes. Al acercarse el sumo sacerdote al altar y al trono, representaba ante Dios al pueblo del pacto. Básicamente, pues, sus oraciones eran por el pueblo de Dios. Legalmente, las piedras, que representaban al pueblo del pacto, indicaban que el gobierno de Dios es en esencia para los propósitos de Dios, que se ve que incluyen al pueblo del pacto.
Por órdenes de Dios, la función primaria del sumo sacerdote, dirigida a Dios, es interceder por el pueblo del pacto. No ora por cualquiera: su llamado esencial es orar por los que son de Dios. El trono funciona para  proteger al pueblo del trono. La prioridad del pueblo de Dios, según la establece el efod y el pectoral, es lo que ha ordenado Dios.

HAY POR TANTO UNA PARCIALIDAD Y A LA VEZ UNA IMPARCIALIDAD EN LA LEY DE DIOS.

En sentido general, la ley de Dios funciona de manera imparcial para hacer que el sol brille por igual sobre buenos y malos, y que la lluvia caiga sobre justos e injustos (Mt 5: 45). Todavía más, con respecto a la nación, la protección equitativa y el gobierno de la ley se aplica a todos, al «nacido en casa» y al «extranjero» (Éx 12: 49; Lv 24:22; Nm 9:14; 15:15, 16, 29). El principio de «una ley» para todos es básico para ley bíblica.
Por otro lado, hay una parcialidad definitiva en la ley bíblica. En instancias demasiado numerosas para citar, Dios «interviene» en la historia para derrotar a los enemigos de su pueblo del pacto; usó el clima, las plagas, y diferentes medios, desde las plagas contra Egipto y en adelante. Todavía más, la ley que se da a Israel es parcial en que protege un orden, el orden-ley de Dios, y el pueblo de ese orden.
Se prohíbe la idolatría; se castigan las violaciones del orden-ley, y, en todo punto, la ley de Dios es protección del orden de Dios y del pueblo del orden-ley de Dios.
El concepto moderno de tolerancia no es un principio legal válido sino un apoyo a la anarquía. ¿Se deben tolerar todas las religiones? Pero, como hemos visto, toda religión es un concepto de orden-ley. La tolerancia total quiere decir total permisividad de toda clase de prácticas: idolatría, adulterio, canibalismo, sacrificios humanos, perversión, y todo lo demás. Tal tolerancia total no es ni posible ni deseable.
Las piedras del efod y el pectoral establecen el principio de parcialidad. El que los hombres, por oración y por ley, se muevan en términos de esta parcialidad no es ni malo ni egoísta, sino santo. Orar por otros es piadoso, pero descuidar a todos los de nuestra casa y nuestras necesidades no es bueno; hace al hombre peor que un incrédulo (1ª Ti 5:8). El que un orden ley descuide su propia protección es perverso y suicida. Tolerar la rebelión es en sí mismo una actividad subversiva.
Un segundo principio aparece en otro caso de jurisprudencia. Deuteronomio 23:18 dice: «No traerás la paga de una ramera ni el precio de un perro a la casa de Jehová tu Dios por ningún voto; porque abominación es a Jehová tu Dios tanto lo uno como lo otro»; el versículo anterior, 23:17, dice: «No haya ramera de entre las hijas de Israel, ni haya sodomita de entre los hijos de Israel» (Lv 19:29).
La palabra «ramera» en Deuteronomio 23: 17 se da en una nota marginal como «sodomita»; la prohibición de la prostitución se dio antes en Levítico 19: 29. Es evidente que se refiere aquí a las lesbianas. La ley contra la homosexualidad aparece en Levítico 18:22 y 20:13. La referencia en Deuteronomio 23:17, 18 es a la prostitución sagrada como parte del culto y adoración de la fertilidad. Esta práctica apareció más tarde en la nación (1ª R 14: 24; 15:12; 2ª R 23:7; Am 2:7; se usa para describir la apostasía de Israel en Jer 3:2, 6; 8:9, 13). Hay que notar que la Biblia aplica un término de desprecio, «perro», al homosexual. El punto, sin embargo, de la ley es este: el mismo impulso religioso de la ramera y del homosexual son en extremo despreciables a la vista de Dios; su salario jamás puede ser una ofrenda aceptable para Dios.
No es que a los pecadores se les prohíba ofrendar, sino más bien que las ganancias del pecado no se pueden aceptar. El punto es significativo. Estamos acostumbrados a pensar eclesiásticamente sobre tales ofrendas. Pero el «voto» establece una norma, una norma jurídica religiosa. Los términos de un voto tienen una santidad especial.
Pero cuando el voto y su promesa representan un orden y una ley extraños, esa promesa no es admisible y es «abominación». La persona que hace el voto no tiene lugar ante la ley, ni ninguna prerrogativa ante el trono. La ramera y el sodomita que traían sus promesas no eran simples pecadores ante la ley, sino, más que eso, transgresores, fuera de la ley. Hay una diferencia marcada entre un pecador ante la ley y el enemigo de la ley.
Ningún impuesto u ofrenda de ningún enemigo de la ley era aceptable. Al pecador se le ordena que presente una ofrenda. Al infractor se le prohíbe que la presente. Debido a que hay «una ley» para todos, el infractor tenía derecho a la justicia bajo esa ley, como lo atestigua la apelación de las dos rameras a la corte de Salomón (1ª R 3: 16-28).
El infractor recibe justicia, pero no ciudadanía. Imponerle impuestos al delito es darle legitimidad y posición legal como sustentador financiero de la ley; el próximo paso, entonces, sería concederle derechos iguales a la protección de la ley, lo que significaría inmunidad. Bajo la influencia bíblica, la mayoría de los países han decretado que los delincuentes pierdan su ciudadanía, y que los condenados no tengan existencia legal.
La presión hoy es contra tal legislación, y los impuestos se aplican a todos, con representación creciente para todos. Deuteronomio 23:17, 18 es el cimiento legal para una ciudadanía excluyente en términos del ordenley. Es significativo que el término común que se aplica a las prostitutas en las Escrituras es «extraña» o «mujer extraña», es decir, extranjera. No solo que la prostitución era en esencia una práctica foránea al pueblo del pacto, sino que una muchacha israelita, si se hacía prostituta, se consideraba «profana» (Lv 21: 9, NVI), o sea, excluida del templo, del principio de ciudadanía, extranjera.
El homosexual también estaba fuera de la ley; pero por lo menos a la prostituta, aunque la llamaban «mujer extraña» (Pr 2:16; 5:3, 20; 6:24; 7: 5; 23:27, 33; 27: 13), la incluían entre los humanos, pero al homosexual lo llamaban «perro» (Dt 23: 18; Ap 22:15), no lo consideraban humano; es, como el texto griego de Romanos 1:27 deja en claro, el producto calcinado de la rebelión.
Hay, en sentido amplio, tres posibles maneras en que la ley considera al delincuente y al disidente, y la diferencia entre los dos es grande, aunque ambos están contra la ley. Primero, hay la actitud que se puede resumir como la de la iglesia «medieval», de que los herejes han abdicado sus derechos ante la ley. De este modo, a Juan Hus se le dio salvoconducto al Concilio de Constancia, y luego se revocó el salvoconducto en base a que era hereje.
A Segismundo se le presionó para que rompiera su promesa de salvoconducto, en base a su propia seguridad, «porque el que protegía a herejes era hereje él mismo». Tal actitud hizo difícil toda protección mediante la ley y en contra del orden establecido mediante la ley. Se suponía que la ley debía proteger a la sociedad en contra de la herejía, pero en la realidad el sistema, en sí mismo libre para practicar la herejía, podía destruir a cualquier crítico con una simple acusación.
La sospecha destruía los derechos; una persona era culpable por implicación antes de que se demostrara que era culpable.
Una segunda posible manera en que la ley puede considerar al delincuente y al disidente se halla en el estado moderno liberal, como en los Estados Unidos de América. Se han hecho esfuerzos directos para atacar la ley que despoja de su ciudadanía a los delincuentes convictos.
Indirectamente, sus derechos han sido más que restaurados. La Corte Suprema de los Estados Unidos casi ha destruido las leyes respecto a la calumnia y difamación; se favorece al «delincuente» en vez de a sus víctimas. Violadores y asesinos confesos han sido puestos en libertad por tecnicismos imaginarios, en clara parcialidad hacia el delincuente y en contra de la víctima. Gardner ha observado, de las cortes y de la «ley» hoy, que «se protegen los derechos del individuo, siempre y cuando el individuo haya cometido un delito».
Aunque las leyes de muchos estados admiten, y en algunos casos requieren la pena capital por ciertas ofensas, la Corte Suprema de los Estados Unidos declaró que «la sentencia de muerte no la puede imponer un jurado del cual personas con escrúpulos de conciencia o religiosos contra la pena capital quedan excluidas automáticamente».
En otras palabras, ¡la corte exigió que a las personas que niegan la validez de la ley se les pida que «impongan» la ley! Esto es, por supuesto, un ataque claro a la pena capital y en efecto la abolición de la misma. La corte no cuestiona la posible inocencia del condenado; su culpa se admite implícitamente.
Pero la corte de nuevo dictaminó en favor de los derechos superiores del delincuente y del disidente en contra de la ley y del que acata la ley.
Una tercera posible manera en que la ley considera al delincuente y al que disiente es la manera bíblica: «La misma ley será para el natural, y para el extranjero que habitare entre vosotros» (Éx 12: 49). La ley debe proveer justicia igual para todos. Una persona es inocente hasta que se demuestre que es culpable, y se requieren dos testigos (Nm 35: 30; Dt 17:6).
Las dos prostitutas del día de Salomón pudieron argumentar su caso hasta el mismo Salomón (1ª R 3: 16-28). Pero su derecho de apelación no las hacía ciudadanas; sea que las mujeres fueran de sangre israelita o de extracto foráneo, eran extranjeras por ley, sin derecho a ciudadanía. Sus ofrendas estaban excluidas del templo. Puesto que el Lugar Santísimo era el salón del trono de Dios, el que se les prohibiera hacer voto por el trono era una negación de la ciudadanía; era exención de impuestos, puesto que la persona no tenía existencia legal como miembro del estado.
Al analizar Levítico 4, vemos que los niveles o grados del sacrificio recalcaban el principio de que a mayor responsabilidad, mayor la culpabilidad, mayor el pecado.
También es evidente ahora que la irresponsabilidad delincuente quería decir pérdida de derechos. El hombre que no está dentro de la ley es un delincuente; los derechos conferidos por el orden-ley pertenecen a los que viven dentro del orden ley.
El bueno tiene los derechos. Hay así una diferencia significativa entre el debido proceso de ley y los privilegios de la ciudadanía.
Hemos visto, hasta aquí,
Primero, con respecto al pectoral y al efod, la parcialidad tanto como la imparcialidad de la ley;
Segundo, hemos visto, todavía más, que la irresponsabilidad delincuente significa pérdida de derechos. Ahora, tercero, llegamos al meollo del asunto, es decir, que la ley es un tipo de guerra, y, en verdad, la principal y continua forma de guerra. El segundo mandamiento prohíbe imágenes talladas en la adoración; requiere la destrucción de todas esas formas de adoración:
«No te inclinarás a sus dioses, ni los servirás, ni harás como ellos hacen; antes los destruirás del todo, y quebrarás totalmente sus estatuas» (Éx 23:24). En Deuteronomio 12:1-14 se da con claridad el contraste: la obediencia significa por un lado la destrucción de todos los lugares de adoración idólatra, y, por otro lado, llevar ofrendas a Dios a la manera prescrita y al lugar prescrito.
El mandamiento de destruir los lugares y loa ídolos se repite en Deuteronomio 7: 5; 16: 21, 22, Números 33:52; y Éxodo 34:13, 14. Pero, en ciertos casos, la destrucción de las imágenes talladas también requería la destrucción del pueblo de las imágenes (Dt 7: 1-5); no solo que se prohíben los pactos con los cananeos, sino también casarse con ellos.
Por orden de Dios a los cananeos se les «dedicó» o separó, o «santificó» a muerte.
Este es un punto importante y merece atención cuidadosa. La ley específicamente prohibía represalias contra los egipcios y todo otro extranjero; debían recordar su opresión en Egipto como medio de una mayor dedicación a la justicia para todos bajo la ley de Dios (Lv 19:33-37). Como habían sufrido injusticias en tierras extranjeras, debían cuidarse de no ser, como los egipcios, instrumentos de injusticia.
Egipto trató de exterminar a todos los hebreos (Éx 1:15-22), pero a Israel se le exigía que hiciera justicia a todos los egipcios en términos de su obediencia individual o desobediencia a la ley. Pero todos los cananeos fueron apartados para morir. No era por enemistad contra Israel sino contra la ley de Dios. Egipto era enemigo de Dios como lo era Canaán, pero la iniquidad de los cananeos era «completa» o total a los ojos de Dios (Gn 15:16; Lv 18:24-28, etc.).
La prostitución y la homosexualidad se habían convertido en prácticas religiosas al punto en que la gente estaba arraigados en la depravación y orgullosa de estarlo. Su iniquidad era completa o total. Por eso, Dios los sentenció a muerte e hizo de Israel el verdugo.
Ahora este hecho se cita mucho como «evidencia» de que la Biblia representa a un Dios inmoral y una moralidad horrible; tal acusación es una demostración de odio, no de inteligencia. Si los individuos y naciones han desaparecido repetidas veces abruptamente de la historia, es por algún tipo de «dictamen» de la historia (o materialismo dialéctico, o evolución, o cualquier otro dios al que uno se aferre) contra estas personas y naciones.
Los historiadores citan tales dictámenes repetidas veces y concuerdan. Lo que los molesta con respecto al veredicto contra los cananeos es el criterio que Dios usó al emitirlo. Si Dios hubiera declarado que los cananeos eran opresores crueles, capitalistas, y por consiguiente bajo condenación, su veredicto hubiera obtenido alabanza fervorosa de muchos intelectuales.
Pero Dios es Dios, y no los intelectuales, y, como resultado, prevalece el criterio de Dios, y no el del hombre. Los cananeos como un todo merecían la muerte; la paciencia de Dios les concedió unos pocos siglos desde los días de Abraham hasta los de Josué, cuando por fin ordenó que se ejecutara la sentencia. El que Israel no la ejecutara por completo a la postre les acarreó castigo.
La sentencia de muerte contra Canaán es un verdadero acto de guerra. La guerra a veces se libra con objetivos limitados; en otras ocasiones, la guerra es a muerte, porque la naturaleza de la lucha lo requiere. Cuando, en siglos anteriores, la guerra no incluía principios bien arraigados sino asuntos locales, la guerra era limitada en alcance y mortandad.
Cuando la rebelión se volvió un hecho de la escena occidental con la Revolución Francesa, la guerra total se hizo una realidad, guerra a muerte en términos de principios mutuamente excluyentes. Cuando se libra guerra contra el cielo, las consecuencias son la muerte, no la muerte de Dios sino la muerte de los pueblos que pelean.
En breve, todo orden-ley es un estado de guerra contra los enemigos de ese orden, y toda ley es una forma de guerra. Toda ley declara que ciertos ofensores son enemigos del orden-ley y hay que arrestarlos. Para las ofensas limitadas, hay penas limitadas; para las ofensas capitales, está la pena capital. La ley es un estado de guerra; es la organización de los poderes del gobierno civil para llevar ante la justicia a los enemigos del orden ley.
Los oficiales de la ley están debidamente armados; en un estado santo, deben estar armados por la justicia de la ley tanto como con armas de guerra, a fin de defender a la sociedad contra sus enemigos.
Los amigos de la ley, por consiguiente, procurarán en todo momento mejorar, fortalecer y confirmar un orden-ley santo. Los enemigos de la ley, de manera similar, estarán en continua guerra contra la ley. La enemistad contra la ley será directa e indirecta, recurrirá a la rebelión interna mediante legislaturas y cortes, y al ataque externo mediante desobediencia, desprecio y ataque intelectual.
Todo orden ley estará sujeto a ataques, porque, aparte del cielo, todo orden-ley tendrá enemigos dentro. La pregunta crítica, por consiguiente, no es: «¿Será atacada la ley?» sino más bien: «¿Resistirá el orden-ley los ataques?». ¿Hay salud en el cuerpo político para resistir la enfermedad? Cuando se le ordenó a Israel que destruyera a los cananeos (Dt 7: 1-11), también se le dijo que la obediencia resultaría en salud: fertilidad para el hombre y la bestia, e inmunidad de las enfermedades de Egipto (7: 12-26).
Nótese la justa posición de la promesa y el mandamiento: Y por haber oído estos decretos y haberlos guardado y puesto por obra, Jehová tu Dios guardará contigo el pacto y la misericordia que juró a tus padres.
Y te amará, te bendecirá y te multiplicará, y bendecirá el fruto de tu vientre y el fruto de tu tierra, tu grano, tu mosto, tu aceite, la cría de tus vacas, y los rebaños de tus ovejas, en la tierra que juró a tus padres que te daría. Bendito serás más que todos los pueblos; no habrá en ti varón ni hembra estéril, ni en tus ganados. Y quitará Jehová de ti toda enfermedad; y todas las malas plagas de Egipto, que tú conoces, no las pondrá sobre ti, antes las pondrá sobre todos los que te aborrecieren.
Y consumirás a todos los pueblos que te da Jehová tu Dios; no los perdonará tu ojo, ni servirás a sus dioses, porque te será tropiezo. (Dt 7: 12-16).

CLARAMENTE, UNA BASE Y CONDICIÓN DE LA SALUD SOCIAL ES LA DESTRUCCIÓN DEL MAL SOCIAL.

Puesto que la ley es una forma de guerra, se sigue que hay de continuo una barrera obligatoria a la paz con el mal. El hombre no puede buscar la coexistencia con el mal sin por ello declarar la guerra a Dios. La ley declara, hablando de los amorreos y moabitas, al parecer en el caso de su vida continua en términos de su cultura ley: «No procurarás la paz de ellos ni su bien en todos los días para siempre» (Dt 23: 6).
Un orden ley no puede escapar de la guerra: si hace la paz en un aspecto, declara la guerra contra otro. Un sistema ley es una forma de guerra.
El hecho de la guerra sigue constante: el objeto de la guerra puede cambiar. Los estados marxistas aducen estar por la «paz mundial», pero esto es solo en términos de conquista total y guerra total contra Dios y contra todos los hombres.
Mientras más se desea la paz total, más se requiere la guerra total. La nueva creación de Jesucristo es el resultado final de su guerra total contra un mundo caído; requiere la supresión permanente del mal en el infierno. La nueva creación exigida por las varias formas de socialismo requiere una supresión permanente del Dios de las Escrituras y de su pueblo del pacto. Puede haber paz en el cielo, pero no paz entre el cielo y el infierno. Un orden-ley puede tener paz solo al negar la posibilidad de paz con el mal. El jurista protestante irlandés, John Philpot Curran (1750-1817), dijo, en 1790, en un discurso sobre «El derecho de elección»:
«Es destino común del indolente ver sus derechos a convertirse en presa del activo. La condición bajo la que Dios ha dado libertad al hombre es vigilancia eterna; tal condición, si la rompe, la servidumbre es a la vez consecuencia de su delito y castigo de su culpa».

Los que buscan la paz con el mal están buscando no la paz que profesan sino la esclavitud, y la forma más segura de todas es la muerte y la tumba.